Diputaciones: ¿Necesita España una cuarta administración?

Análisis, 28 de marzo de 2016

El acuerdo firmado entre PSOE y Ciudadanos, previo al fallido acto de investidura, de suprimir en principio, sólo a las 38 diputaciones de régimen común, ha abierto, una vez más, la caja de pandora, cuya apertura fue protocolarizada y escenificada por los presidentes de las diputaciones de PSOE y PP en Andalucía, ejemplo claro de lo mucho que se juegan en este envite los partidos que controlan estos organismos y que, en demasiadas ocasiones, son acusados de desarrollar políticas clientelares que no están dispuestos a perder.

Las diputaciones provinciales son organismos públicos regulados en la Ley de Bases del Régimen Local de 1985, cuya principal finalidad es la de ejercitar las etéreas competencias (según el artículo 16) que “le atribuyan las leyes del Estado o de las CCAA”, que van desde la coordinación de los servicios municipales entre sí hasta la cooperación en el fomento del desarrollo económico social y en la planificación en el territorio provincial, pasando por la asistencia y la cooperación jurídica y técnica a los municipios -especialmente los pequeños- la prestación de servicios públicos de carácter supramunicipal y, en su caso, supracomarcal, además de, como señalaba un estudioso del asunto, “colocar a deudos y afines”.

El asunto planteado por Sánchez y Rivera no es, en ningún caso, menor y algún exministro socialista como Pérez Rubalcaba ya se mostró partidario de su supresión, considerando que supondría un ahorro de 1.000 millones de euros y de 1.000 cargos políticos, algo que defendió con anterioridad el extinto partido de Rosa Diez, aunque UPyD cifraba el ahorro en más de 20.000 millones, algo que, en todo caso, hay que enmarcar en el hecho de que las diputaciones controlan el poder territorial en España y cuentan con un presupuesto de casi 6.400 millones de euros, que alcanzaría los 22.000 millones si se incluyen las diputaciones forales (13.200) y las Islas Baleares y Canarias (2.100). Y además, tienen una plantilla de casi 61.000 empleados, hacia quienes va destinado más de la mitad de su presupuesto. El ejército español supera ligeramente los 120.000 efectivos.

Nada que ver con los objetivos de la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas (CORA) que fue constituida por el gobierno Rajoy para determinar la lista de los organismos y entes públicos que se querían suprimir, trasladar o fusionar, en su reforma de las administraciones públicas y que hoy, tres años después, no se sabe bien si han sido 57 los organismos afectados o 2.029 las entidades públicas cerradas que, al decir del gobierno, han supuesto un ahorro de 18.000 millones de euros. Las cifras se manejan al antojo de los intereses predeterminados.

Hoy y atendiendo a la evolución del debate, la clase política se divide entre los que defienden la existencia de diputaciones y quienes optan por su desaparición, sin que parezca importar que éstas son una cuarta administración, cuyas funciones podrían ser asumidas por las Comunidades Autónomas como ya ocurre de hecho en la comunidades uniprovinciales que, pese a contar con municipios muy pequeños, los servicios que prestaban las diputaciones en esas CCAA las proporcionan directamente las autonomías sin que parezca, de entrada, que haya pasado nada grave.

Porque con frecuencia se maneja el argumento de que la función esencial de las diputaciones es la de suplir lo que los municipios muy pequeños no pueden hacer por sí solos por falta de recursos, debate que debería estar más que resuelto dieciséis años después de inaugurarse el siglo XXI y que pone de relieve una estructura municipal del todo punto inviable, además de responder a las necesidades de la España de principios del siglo XIX.

Al día de hoy, y abierto el debate, todavía los expertos se plantean que resultaría interesante conocer qué hacen realmente cada una de las 38 diputaciones provinciales que quedan, así como las forales y los cabildos insulares y qué cuesta hacer cada cosa, cuanto personal ponen a disposición para cada asunto y de este personal qué proporción son cargos políticos o de libre designación, y cuántos funcionarios son los que acceden a las plazas por oposición o cuántas empresas públicas dependen de ellas, cuántos recursos se destinan al propio mantenimiento de sus aparatos burocráticos y administrativos, por no hablar de los cargos políticos.

Lo cierto es que en las diputaciones provinciales hay muchas competencias que se solapan con las de los Ayuntamientos y las Comunidades Autónomas, y que resulta de todo punto necesario clarificar competencias de las administraciones públicas y depurar, por tanto, las propias plantillas.

Hasta ahora, hay una cosa cierta que merece el consenso de todos: las diputaciones ayudan a ganar elecciones de la misma manera que hace años lo hacían los gobierno civiles.

Post-it

Existen diputaciones provinciales en las comunidades de Galicia, Aragón, Cataluña, Comunidad Valenciana, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Extremadura y Andalucía. País Vasco y Navarra cuentan con diputaciones forales, mientras que en Canarias y Baleares son los cabildos y consejos insulares los que ejercen funciones similares a las de las diputaciones en cada una de las islas. Las comunidades autónomas uniprovinciales (Asturias, Cantabria, Comunidad de Madrid, Murcia y La Rioja) no tienen diputaciones provinciales porque al tener una sola provincia sus funciones ya son realizadas por sus respectivos gobiernos.

Integran la diputación provincial, como órganos de gobierno de la misma, el presidente, uno o varios vicepresidentes, la junta de gobierno y el pleno, así como imponentes edificios.

Fuente: Tendencias del Dinero